En el impuesto de sociedades, el periodo
impositivo está en función del inicio y cierre fiscales, que depende de lo que
ponga en los estatutos sociales.
Normalmente, coincide con el año natural, es
decir, el período va del 1 de enero a 31 de diciembre, salvo el primer año de
vida social, que va de la constitución de la sociedad al 31 de diciembre.
Pero puede ser que el ejercicio vaya, por
ejemplo, del 1 de septiembre a 31 de agosto, si en la escritura de la sociedad
lo pone. O incluso modificarlo una vez empezada la vida social.
Por ejemplo, el 3 de marzo de 2012, constituimos
una sociedad, y en los estatutos decimos que el ejercicio económico va de 1 de
enero a 31 de diciembre. Ese año 2012, en realidad, irá del 3 de marzo a 31 de
diciembre.
En 2013, el periodo impositivo irá de 1 de enero
a 31 de diciembre.
Y cuando pagamos el impuesto entonces?
El impuesto de sociedades se paga en los 25 días
siguientes a los 6 meses después del cierre del período impositivo. No puede
pagarse antes (estaría fuera de plazo). En el ejemplo anterior, el impuesto de
sociedades del 2012 lo pagamos del 1 al 25 de julio de 2013.
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